lunes, 1 de abril de 2013

Expediente Electrónico




EXPEDIENTE ELECTRÓNICO JUDICIAL 

El siguiente artículo tiene como fin esclarecer dudas en cuanto al expediente electrónico judicial.
En primer lugar empezaremos a dar una definición en cuanto al significado de un expediente propiamente dicho.
Un expediente es el conjunto de los documentos que corresponden a una determinada cuestión. También puede tratarse de la serie de procedimientos de carácter judicial o administrativo que lleva un cierto orden. También puede tratarse de la serie de procedimientos de carácter judicial o administrativo que lleva un cierto orden. Pero La definición de expediente varía incluso según el país. En sí se trata de un instrumento administrativo que recopila la documentación imprescindible que sustenta un acto administrativo.
Ahora bien, conocido el concepto de expediente propiamente dicho veamos que es un expediente electrónico,en el ámbito de la Administración de Justicia, se define como el conjunto de información que se genera durante la tramitación de un expediente judicial, tanto la emitida desde la propia oficina judicial como la aportada por las partes durante el desarrollo del proceso o la que se deriva de los informes o aportaciones de peritos y profesionales.

Las ventajas que brinda el expediente electrónico al sistema judicial son amplias como por ejemplo los sistemas de información que se implementan en las oficinas judiciales, permiten que toda la información que se genera ya esté en formato electrónico y se integre de forma natural en el Expediente Judicial Electrónico, así también los documentos aportados por las partes y los profesionales al expediente llegar a las oficinas judiciales, donde se incorporarán al Expediente Judicial Electrónico, tanto si se trata de escritos de trámite como en el caso de documentos que dan origen a un nuevo asunto judicial, es así que se mantiene un mejor orden y conservación de dichos expedientes además de su mejor y más rápida ubicación.
Entonces para beneficiarnos de estas ventajas sería necesario que la Administración de Justicia busque y plantee que los litigantes, sus representantes y demás profesionales presenten sus escritos en formato electrónica con las debidas garantías y que los procesos a los que den lugar se tramiten íntegramente en formato electrónico esto para hacer más rápida y ordenada los procesos judiciales pero para conseguirlo sería necesario fomentar diversas métodos y una correcta actualización de los actores judiciales.
La necesidad de realizar una correcta asimilación de estos cambios en Justicia, viene marcada por los riesgos inherentes a todo proceso de transformación. Es necesario gestionar la resistencia al cambio, especialmente en aquellos colectivos poco familiarizados con los nuevos procesos y sistemas a poner en marcha. Será necesario un nivel de compromiso suficiente como catalizador del proceso de cambio, y la comunicación de una visión global y compartida de los promotores para vencer las dificultades del impacto organizativo y cultural que supone el hecho de trabajar con nuevos sistemas. A su vez para poder interrelacionar a todos los usuarios de la Administración de Justicia, es imprescindible que se disponga de medios seguros. Es necesario acreditar quién está firmando los documentos, quién está realizando las presentaciones, que lo que figura en el Expediente Judicial Electrónico es lo que se ha presentado, en definitiva quién y en qué condición está accediendo a la Administración de Justicia y es aquí donde la firma digital adquiere todo su protagonismo.
Los documentos generados desde los sistemas de información de las oficinas judiciales deberán estar firmados digitalmente por los usuarios con autorización para ello, siendo estos inicialmente los secretarios, fiscales, jueces y magistrados. Asimismo las presentaciones que se realizan en el juzgado deberán tener la validez que en cada momento sea necesario. Los documentos presentados en las sedes judiciales deben llevar una firma digital mediante una entidad certificadora que a modo de sello de entrada, certifique que ese es el documento que se ha presentado.
Finalmente podemos decir que La existencia del Expediente Judicial Electrónico facilita la itineración de los mismos no sólo dentro de la nueva organización entre las unidades procesales de apoyo directo y los servicios comunes, sino también entre diferentes órganos de la estructura judicial, tanto si se trata de itineraciones de asuntos entre órganos de la misma provincia tales como elevaciones, recursos, inhibiciones, etc como entre órganos de distintas ubicaciones geográficas.




POR: Yanira García Ramos.



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